El salario anual complementario se paga el mes próximo a los empleados en relación de dependencia.
Con la cercanía del mes de junio, llega el pago del medio aguinaldo y los empleados en relación de dependencia empiezan a hacer sus cuentas para prever cuáles van a ser sus ingresos en el sexto mes del año. Los empleadores deben liquidar la primera cuota del sueldo anual complementario (SAC) en junio 2024.
El Sueldo Anual Complementario es la doceava parte del total de las remuneraciones percibidas por el trabajador en el respectivo año calendario. De acuerdo a la Ley de Contrato de Trabajo, se paga en 2 cuotas durante el año: la primer cuota vence el 30 de junio, mientras que la segunda vence el 18 de diciembre.
Sin embardo, para el caso de las pequeñas empresas, la Ley 24.467 del año 1995 contempla que los convenios colectivos de trabajo pueden disponer el fraccionamiento de los períodos de pago del sueldo anual complementario siempre que no excedan de 3 períodos en el año.
¿CÓMO SE CALCULA EL AGUINALDO?
El importe a abonar en cada semestre es el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de ese semestre.
Asimismo, se excluye todo rubro no remunerativo como los beneficios sociales (el servicio de comedor en la empresa, la provisión de ropa de trabajo y de cualquier otro elemento vinculado a la indumentaria y al equipamiento del trabajador para uso exclusivo en el desempeño de sus tareas, el otorgamiento o pago debidamente documentado de cursos o seminarios de capacitación o especialización. etc.), las gratificaciones otorgadas por única vez, las gratificaciones vinculadas a la extinción del contrato de trabajo, las prestaciones complementarias del art. 105 de la Ley, etc.
Es importante saber que las horas extras, las comisiones y toda otra remuneración variable forma parte de la remuneración mensual devengada que debe considerarse a los efectos de establecer cual es la mayor del semestre. No corresponde realizar promedios de las remuneraciones variables.











