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8 julio 2026, 3:34 pm

Casación absolvió a cinco mujeres mapuches por la causa Villa Mascardi y fijó criterios sobre derechos indígenas

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La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal absolvió por unanimidad a las cinco mujeres mapuches acusadas en la causa por el conflicto territorial en Villa Mascardi, Río Negro, al considerar que durante el juicio no se analizaron todos los elementos del caso y se aplicó de manera incorrecta el derecho constitucional e internacional.  El Gobierno se esperanza con una nueva foto con gobernadores en Tucumán

El máximo tribunal penal del país, integrado por los jueces Guillermo J. Yacobucci, Ángela E. Ledesma y Alejandro W. Slokar, hizo lugar a los recursos de las defensas y concluyó que la sentencia recurrida presentaba deficiencias en la valoración de la causa. Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas a partir del fallo difundido, los magistrados entendieron que el conflicto debía abordarse a la luz de las garantías constitucionales y convencionales que protegen los derechos de los pueblos indígenas.  

En su voto, Yacobucci sostuvo que la fundamentación del tribunal de juicio exhibía una “contradicción interna insalvable”, ya que la solución adoptada no resultaba compatible con la naturaleza del delito que el propio pronunciamiento reconocía.  

Por su parte, Slokar, con la adhesión de Ledesma, recordó que el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos establecen criterios obligatorios para resolver conflictos que involucran a integrantes de comunidades indígenas.  Javier Milei entre los cinco dirigentes argentinos con más del 50% de rechazo

La sentencia también señaló que el caso no podía analizarse al margen del contexto del desalojo, al que calificó como un escenario atravesado por hechos de represión y violencia contra mujeres y niños de la comunidad, entre ellos menores que permanecieron perdidos en el bosque durante el operativo y una de las imputadas que dio a luz mientras permanecía detenida. En ese marco, los jueces entendieron que el conflicto excedía una controversia patrimonial y respondía a una problemática estructural vinculada con reclamos territoriales e identidad cultural.  

Asimismo, el fallo destacó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya había advertido al Estado argentino sobre la insuficiencia de la normativa para los procedimientos de reclamación de la propiedad indígena y cuestionó que esas consideraciones, junto con los acuerdos entre la comunidad y distintos poderes del Estado, hubieran sido descartadas por el tribunal de juicio.  

No obstante, la Cámara también recordó que, en otra causa vinculada con una comunidad mapuche en el Parque Nacional Los Alerces, en Chubut, ratificó parcialmente por unanimidad condenas por incendio y vandalismo, al señalar que el marco constitucional de protección de los pueblos indígenas no ampara actos de violencia ni daños a la propiedad.


Fuente: NA

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