En comunicación telefónica con el magazine de la mañana de fm del sol 89.1 el juez Gonzalo Leandro García Veritá comentó sobre el caso que dio sentencia. El juzgado de Adolescencia y Familia N°1 de la VI Circunscripción Judicial del Chaco hizo lugar a una acción de amparo presentada por el Consejo Comunitario Indígena Loataxac Na Sheu’ Le’ecpi contra el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la provincia.
La sentencia, dictada por el juez Gonzalo Leandro García Veritá, obliga al Estado provincial a institucionalizar el «Proyecto Especial Bachillerato Libre Para Adultos Bilingüe Intercultural» en Villa Río Bermejito y su anexo en Paraje El Canal, en un plazo de 180 días.
El Ministerio argumentó que el amparo era improcedente por existir otras vías administrativas, pero el tribunal rechazó este planteamiento. Citando fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y del Superior Tribunal de Justicia de Chaco, el juez afirmó que «rechazar el amparo por formalismos desnaturalizaría el derecho a la protección judicial efectiva» (artículo 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos).













